Por qué la Ley de la Cloud de los Estados Unidos es un problema y un riesgo para Europa y el resto del mundo: una ley con consecuencias de gran alcance
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Publicado el: 16 de abril de 2025 / Actualización del: 16 de abril de 2025 - Autor: Konrad Wolfenstein
Por qué la Ley de la Cloud de los Estados Unidos es un problema y riesgo para Europa y el resto del mundo: una ley con consecuencias de gran alcance - Imagen: xpert.digital
Cómo la Ley en la nube socava la confianza en la tecnología de los Estados Unidos (tiempo de lectura: 46 min / sin publicidad / sin muro de pago)
Por qué la Ley de la Cloud de los Estados Unidos es un problema y un riesgo para Europa y el resto del mundo: una ley con consecuencias de gran alcance
Este artículo analiza la Ley de uso legal de datos de datos (Cloud) de EE. UU. De 2018 y sus extensas consecuencias para la protección de datos global, la soberanía de los datos y la cooperación internacional. Las autoridades de la Ley en la nube autorizan la publicación de datos de proveedores de servicios de comunicación y nube de EE. UU. Que están en posesión, cuidado o control, independientemente de la ubicación física de la inclusión de datos fuera de los Estados Unidos. Esta gama extraterritorial recopila fundamentalmente con regímenes de protección de datos, como el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) de la Unión Europea, en particular con sus reglas para las transferencias de datos internacionales (Art. 48 GDPR).
El análisis muestra que la Ley de la nube crea una considerable incertidumbre legal para las empresas que operan a nivel mundial que enfrentan requisitos legales contradictorios. Él socava la confianza en los proveedores de tecnología de EE. UU. Y los mecanismos establecidos para la transferencia de datos, un problema que fue apretado por la sentencia de Schrems II del Tribunal de Justicia de Europa. Además de Europa, la ley conlleva riesgos de vigilancia estatal, espionaje económico y conflictos con los sistemas legales locales en todo el mundo.
La dependencia global de los grandes proveedores de nubes de EE. UU. (AWS, Microsoft Azure, Google Cloud) es inmensa, especialmente en América del Norte y Europa. Al mismo tiempo, países como China y Rusia están desarrollando ecosistemas digitales sellados con proveedores locales fuertes y una regulación estricta, lo que reduce su dependencia. Otras naciones y regiones, incluida la UE con iniciativas como GAIA-X y la Ley de Datos, persiguen diferentes estrategias para la reducción de riesgos, que van desde leyes de localización de datos hasta la promoción de alternativas locales a las negociaciones a acuerdos bilaterales con los Estados Unidos.
A pesar de la necesidad legítima de acelerar la aplicación de la ley de la ley de transmisión cruzada, una preocupación central de la Ley de Cloud en vista del procedimiento de asistencia legal tradicional de la lentitud, la ley desde la perspectiva de muchos críticos resuelve la Ley de equilibrio entre la lucha de delitos efectivos y la protección de los derechos fundamentales y la soberanía nacional. El informe concluye con recomendaciones para la acción para las empresas y los fabricantes de decisiones políticas para navegar por este complejo panorama.
Adecuado para:
- ¿Dependiendo de la nube de los Estados Unidos? La lucha de Alemania por la nube: cómo competir con AWS (Amazon) y Azure (Microsoft)
La Ley de la Cloud de los Estados Unidos y sus efectos sobre la soberanía de los datos europeos
La digitalización avanzada y el cambio asociado del procesamiento y el almacenamiento de datos a las infraestructuras en la nube de los proveedores globales han cambiado fundamentalmente cómo actúan las empresas y las administraciones públicas. En particular, los servicios de los Great US HyperScaler-Amazon Web Services (AWS), Microsoft Azure y Google Cloud Platform (GCP) se han convertido en una parte integral de la infraestructura digital de muchos países. Este desarrollo alberga un enorme potencial de eficiencia e innovación, pero al mismo tiempo crea desafíos nuevos y complejos para la protección de datos, la seguridad de los datos y el mantenimiento de la soberanía nacional.
Se llevó a cabo un endurecimiento significativo de este problema adoptando la Ley de Datos (Cloud) de uso legal de los Estados Unidos (Cloud) en marzo de 2018. Esta Ley Federal de EE. UU. Admite las autoridades estadounidenses de aplicación de la ley e investigaciones para acceder a poderes extensos que están almacenados y administrados por empresas o empresas de EE. UU. Bajo la demanda estadounidense. El problema central radica en el alcance extraterritorial explícito de la ley: las autoridades estadounidenses pueden solicitar la publicación de datos, incluso si están en servidores fuera de los Estados Unidos.
Esta regulación legal conduce a conflictos directos y fundamentales con regímenes de protección de datos establecidos de otros países, especialmente el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) de la Unión Europea. La posibilidad de acceso por parte de las autoridades estadounidenses con el desvío de los procedimientos internacionales de asistencia legal y potencialmente sin el cumplimiento de los estrictos estándares europeos de protección de datos provoca preocupaciones significativas sobre la vigilancia estatal, el espionaje económico y la soberanía digital de hueco. Por lo tanto, la Ley en la nube se considera ampliamente problemática y como un riesgo para las empresas y los ciudadanos no solo en Europa, sino en todo el mundo.
Este artículo persigue el objetivo de proporcionar un análisis integral y bien fundado de la Ley de Cloud de los Estados Unidos y sus efectos globales. Analiza los mecanismos centrales de la ley y su dimensión extraterritorial. Un enfoque especial está en el examen detallado del potencial de conflicto con el GDPR de la UE y las implicaciones resultantes para la soberanía de los datos europeos, también a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Justicia (ECJ), en particular la sentencia de Schrems II. Además, se examinan los riesgos y las posibles consecuencias negativas para países fuera de Europa. El informe mapea el panorama global de la dependencia de los proveedores de la nube de EE. UU., Identifica regiones con alta y baja dependencia y compara las estrategias que persiguen diferentes países para administrar los desafíos creados por la Ley de la Nube.
La estructura del artículo sigue este objetivo: después de esta introducción, las disposiciones centrales y el alcance extraterritorial de la Ley de la nube se explican en detalle en el segundo capítulo. El tercer capítulo está dedicado a la zona de conflicto entre la Ley Cloud, el GDPR y la soberanía de los datos europeos. El Capítulo Cuatro examina los riesgos e implicaciones globales fuera de Europa. El quinto capítulo asigna la dependencia global de los proveedores de la nube de EE. UU., Mientras que el sexto capítulo compara las estrategias y reacciones nacionales con la Ley de Cloud. Una síntesis de los resultados y una conclusión forman el séptimo capítulo, seguido de recomendaciones para la acción en el octavo capítulo.
La Ley de la Cloud de los Estados Unidos: determinaciones básicas y alcance extraterritorial
La Ley de uso legal de Data (Cloud) de uso legal (Cloud) representa una legislación significativa en el área de acceso a datos transfronterizos por parte de las autoridades estadounidenses. Para comprender completamente sus efectos, una consideración precisa de sus fundamentos legales, su funcionamiento y en particular sus reclamos extraterritoriales es indispensable.
Fundaciones legales y funcionalidad
La Ley de Cloud se emitió el 23 de marzo de 2018 como parte de una ley presupuestaria integral (Ley de Asignaciones Consolidadas, 2018, Ley Pública 115-141, División V) y entró en vigor de inmediato. No representa una base legal completamente nueva, pero cambia principalmente las leyes existentes, en particular la Ley de Comunicaciones almacenadas (SCA) de 1986, que es parte de la Ley de Privacidad de Comunicaciones Electrónicas (ECPA). El SCA regula las condiciones bajo las cuales las autoridades estadounidenses pueden acceder a los datos de comunicación electrónica almacenados que poseen los proveedores de servicios.
El núcleo de la Ley en la nube, codifica en 18 USC § 2713 y § 2523, obliga a los proveedores de "Servicios de comunicación electrónica" (ECS) y "Servicios de Computación remota" (RCS), que están sujetos a la jurisdicción de los Estados Unidos, cumplen con los órdenes de copia de seguridad o para publicar comunicación electrónica y de metadatos u otras información sobre clientes o suscriptores. Esta obligación se aplica a los datos que están en "posesión, custodia o bajo control" ("posesión, custodia o control") del proveedor. La jurisdicción de los Estados Unidos también puede registrar a los proveedores que no tienen su sede en los Estados Unidos, pero, por ejemplo, a través de las relaciones comerciales, una sucursal en los Estados Unidos o contratos con clientes estadounidenses tiene una conexión suficiente con los Estados Unidos.
La aclaración crucial que aporta la Ley Cloud es que esta obligación de entregarlo a los datos, independientemente de si los datos en cuestión se almacenan dentro o fuera de los Estados Unidos ("independientemente de si dicha comunicación, registro u otra información se encuentra dentro de los Estados Unidos").
El desencadenante de esta legislación fue decisivo para la disputa legal de los Estados Unidos v. Microsoft Corp. (a menudo denominado "caso de Microsoft Irlanda"). En este caso, Microsoft se negó a entregar correos electrónicos al FBI de un cliente que se almacenó en un servidor en Irlanda alegando que las guerras estadounidenses no tuvieron ningún efecto extraterritorial y que el SCA no se aplica a datos fuera de los Estados Unidos. El caso llegó a la Corte Suprema, pero ya no se volvió ("discutible") al adoptar la Ley de la Nube, ya que decidió la cuestión legal en el sentido del gobierno.
Es importante enfatizar que, según el gobierno de EE. UU. Y las organizaciones de apoyo, la Ley en la nube no es una licencia para la vigilancia masiva o el acceso de datos arbitrarios. Los acuerdos de acceso (generalmente garantizan basados en "causas probables", o citaciones) deben continuar cumpliendo con el estado de derecho de la ley estadounidense, ser específico y están sujetos al control judicial. Están limitados a datos que podrían ser relevantes en relación con investigaciones penales específicas ("delitos graves, incluido el terrorismo"). Además, la Ley de la nube no crea explícitamente ninguna obligación para los proveedores de descifrar los datos si solo los tienen en forma cifrada y no controlan las claves.
Aplicación extraterritorial y reclamo de jurisdicción
La innovación central y más controvertida de la Ley en la nube es el anclaje legal del alcance extraterritorial de los acuerdos de acceso estadounidense. La ley deja en claro que existe la obligación de entregar datos para los proveedores bajo la jurisdicción estadounidense, independientemente de la ubicación física de los datos.
Esta posición se basa en el principio legal establecido de que un estado que está subordinado a su jurisdicción puede obligar a la información a entregar información que está bajo su control, incluso si esta información se almacena en el extranjero. La ACT de la nube codifica específicamente este principio para los datos de comunicación electrónica en el contexto del SCA.
Precisamente este reclamo unilateral de acceso extraterritorial es la principal fuente de preocupación internacional y conflictos legales, especialmente en relación con la Unión Europea y su Regulación General de Protección de Datos (GDPR). Se percibe como una interferencia con la soberanía de otros países y como una elección potencial de los procedimientos de asistencia legal internacional establecidos.
Acuerdos ejecutivos como alternativa a los acuerdos de asistencia legal
Además de aclarar el alcance extraterritorial de los acuerdos de los Estados Unidos, la Ley de la nube presenta un segundo mecanismo importante: autoriza al ejecutivo de los Estados Unidos (presidente o gobierno), acuerdos bilaterales, llamados "acuerdos ejecutivos", con gobiernos extranjeros "calificados".
El objetivo declarado de este Acuerdo es acelerar y hacer que los datos de Forcer Cross sean accionados por enjuiciamiento penal por delitos graves ("delitos graves, incluido el terrorismo"). Deben ofrecer una alternativa o adición a los acuerdos de asistencia legal tradicionales (tratados de asistencia legal mutua, MLAT), cuyos procedimientos a menudo son criticados como demasiado lentos y burocráticos para mantenerse al día con la velocidad del delito digital.
El mecanismo principal de estos acordes ejecutivos es eliminar los obstáculos legales ("conflictos de derecho" o "restricciones legales"), lo que podría evitar que los proveedores sigan los arreglos legítimos del país asociado. Específicamente, dicho acuerdo, por ejemplo, permitiría a un proveedor estadounidense cumplir con una orden del Reino Unido directamente sin violar la ley estadounidense (por ejemplo, restricciones SCA en la divulgación) y viceversa. Las autoridades de cada país podrían usar sus propios procedimientos nacionales para solicitar datos del proveedor en el otro país.
Sin embargo, Estados Unidos solo puede concluir tales acuerdos con estados que se consideran "calificados". El requisito previo para esto es una certificación del Fiscal General de los Estados Unidos (Ministro de Justicia) y el Secretario de Estado (Ministro de Relaciones Exteriores) en comparación con el Congreso de que el país asociado en cuestión tiene mecanismos de protección materiales y procesales sólidos para la privacidad y la libertad burguesa. El país asociado debe respetar el estado de derecho, la no discriminación y la protección de datos.
Hasta ahora, Estados Unidos ha completado dichos acuerdos ejecutivos con el Reino Unido (firmado en 2019, en vigor desde octubre de 2022) y Australia (firmado en diciembre de 2021). Las negociaciones con la Unión Europea se anunciaron en 2019 y están en marcha, pero son difíciles debido a la compleja situación legal (GDPR, Schrems II) y la participación de 27 Estados miembros.
Las medidas de protección importantes para estos acuerdos se proporcionan en la Ley de la nube en sí: las órdenes que están bajo dicho acuerdo no deben dirigirse a los pueblos estadounidenses (ciudadanos o personas con una estadía constante) o personas que se encuentran en los Estados Unidos. Debe ser específico (por ejemplo, dirigir a una persona específica, una cuenta) y está sujeto a una revisión o supervisión independiente (por ejemplo, por un plato).
Opciones de anuncio para proveedores
La Ley de la nube proporciona explícitamente un mecanismo con el que los proveedores pueden disputar los acuerdos de acceso de los Estados Unidos bajo ciertas condiciones (llamado "movimiento para anular o modificar"). Este derecho existe si el proveedor "cree razonablemente" ("cree razonablemente") que se cumplen dos condiciones acumulativas:
- El cliente o suscriptor afectado no es una persona estadounidense y no tiene residencia en los Estados Unidos.
- La divulgación requerida crearía un "riesgo material" que el proveedor viola las leyes de un "gobierno extranjero calificado". Un "gobierno extranjero calificado" es aquel con el que Estados Unidos ha completado un Aggreement Ejecutivo como parte de la Ley de Cloud.
Si el proveedor presenta dicha contestación, el tribunal estadounidense responsable puede cambiar o cancelar la orden. Sin embargo, esto solo sucede si el Tribunal determina que (a) la divulgación realmente violaría la ley del estado extranjero calificado (b) la concesión de la competencia "los intereses del poder judicial" ("intereses de la justicia") sirven, y (c) los intereses del poder judicial requieren esto, teniendo en cuenta el "total de las circunstancias" ("total de las circunstancias").
Para la evaluación de lo que requieren los "intereses del poder judicial", la ley enumera factores específicos que el tribunal debe sopesar ("análisis comunitario"). Esto incluye, entre otras cosas, los intereses de los Estados Unidos y el gobierno extranjero, la probabilidad y el tipo de castigo que amenazarían al proveedor en el extranjero, las conexiones de la persona en cuestión y el proveedor de los Estados Unidos y en el extranjero, la importancia de la información para la determinación y la disponibilidad de formas alternativas de adquisiciones.
Sin embargo, esta regulación legal plantea preguntas sobre su efectividad práctica. El enfoque de la razón explícita de la disputa sobre conflictos legales con gobiernos extranjeros calificados (es decir, aquellos con acuerdo ejecutivo) podría debilitar la posición de los proveedores que desean confiar en las leyes de los países sin dicho acuerdo, como el GDPR de la UE en el estado actual sin acuerdos de la UE-EE. UU. Queda por utilizar para confiar en principios generales de cortesía internacional y equilibrio de intereses ("compromiso de derecho consuetudinario"), pero el mecanismo legal específico es más cercano. Esto podría tentar a los tribunales de los Estados Unidos a medir los conflictos con las leyes de los estados que no sean de acuerdo con menos peso o considerar que el proceso de competencia es menos claramente definido.
Además, la relevancia práctica de la posibilidad de contestación es generalmente limitada. La carga de la prueba radica en el proveedor, que debe demostrar que "cree razonablemente" que las condiciones se cumplen. Incluso si se demuestra un conflicto legal, el tribunal puede cancelar la orden, pero no tiene que hacerlo. La decisión se basa en un peso de términos legales indefinidos, como "intereses del poder judicial" y "total de circunstancias", que le dan al tribunal una amplia gama de discreción. Existe el riesgo de que los intereses de los Estados Unidos, especialmente en los problemas de aplicación de la ley o de seguridad, se ponderen sistemáticamente más altos que los intereses de protección de datos extranjeros, especialmente si no hay un acuerdo bilateral que reconozca formalmente estos intereses. Por lo tanto, el Comité Europeo de Protección de Datos (EDSA) analiza este mecanismo escéptico y enfatiza que es solo una forma de disputar, no ofrece ninguna obligación y, por lo tanto, no es suficiente seguridad para los derechos de los ciudadanos de la UE.
Adecuado para:
- La dependencia digital de los EE. UU.: Dominio de la nube, balances comerciales distorsionados y efectos de bloqueo
Zona de conflictos: ACT de la nube vs. GDPR de la UE y soberanía de datos
El alcance extraterritorial de la Ley de Cloud de los Estados Unidos y los poderes de acceso asociado para las autoridades estadounidenses conducen a tensiones considerables y conflictos legales directos con el régimen de protección de datos de la Unión Europea, en particular el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR). Estos conflictos se refieren a los principios centrales de la ley de protección de datos de la UE y plantean preguntas fundamentales sobre la soberanía de los datos.
Colisión directa con el GDPR (Art. 6, Art. 48)
El conflicto fundamental resulta del hecho de que las autoridades de la Ley de la nube permiten la transmisión de datos que incluyen datos personales de los ciudadanos de la UE desde la UE a los EE. UU., Sin necesariamente basada en una de las bases legales para el procesamiento de datos o la transferencia de datos internacionales proporcionados en el GDPR.
El conflicto con el artículo 48 GDPR es particularmente relevante ("transmisión o divulgaciones que no están permitidas por la ley sindical"). Este artículo estipula que las decisiones de los tribunales o las autoridades administrativas de un tercer país que obligan a un procesador responsable u ordenan a transmitir o divulgar datos personales solo se reconocen o se aplican si se basan en el derecho internacional, como una asistencia legal (MLAT), que está en vigencia entre el tercer país solicitante (aquí en EE. UU.) Y un sindicato o un estado miembro. Un acuerdo basado únicamente en la Ley de la Nube sin ser legitimado por dicho acuerdo internacional no cumple con esta condición. Desde el punto de vista del GDPR, no es una base legal válida para la transferencia.
Además, no existe dicha transmisión a una base legal válida de acuerdo con el Artículo 6 GDPR, que define las condiciones para la legalidad de procesamiento (incluida la transmisión) de los datos personales. El Comité Europeo de Protección de Datos (EDSA) y el Oficial Europeo de Protección de Datos (EDSB) dejaron en claro en su evaluación conjunta que las bases legales habituales no se aplican aquí:
- Arte. 6 (1) (c) GDPR (cumplimiento de una obligación legal): esta base legal no es aplicable porque la "obligación legal" proviene de la Ley de la nube, es decir, de la ley de un tercer estado, y no de la ley o el derecho de un estado miembro, según lo requiera el arte. 6 (3) GDPR. Solo habría una excepción si el acuerdo de los Estados Unidos fuera anclado en la ley de la UE por un MLAT.
- Arte. 6 (1) (e) GDPR (percepción de una tarea en interés público): Esta base legal también descarta, ya que la tarea (aquí el cumplimiento del acuerdo de los Estados Unidos) no se establece en la ley sindical o en el derecho de un estado miembro.
- Arte. 6 (1) (f) GDPR (manteniendo intereses legítimos): un proveedor podría tener un interés legítimo en cumplir con una Ley de nubes para evitar las sanciones bajo la ley estadounidense. Sin embargo, según EDSA/EDSB, este interés se predice regularmente por los intereses o los derechos fundamentales y las libertades fundamentales de los sujetos de datos (protección de sus datos). Las autoridades argumentan que los afectados podrían ser robados de su protección de acuerdo con la Charta de los Derechos Fundamentales de la UE (en particular el derecho a los recursos legales efectivos, Art. 47).
- Arte. 6 (1) (d) GDPR (Protección de intereses vitales): esta base legal podría ser aplicable en casos excepcionales muy limitados, por ejemplo, si se requieren los datos para evitar un peligro inmediato para el cuerpo y la vida de una persona. Sin embargo, no ofrece una base para el gasto de datos de rutina en el contexto de las medidas de aplicación de la ley.
Esta colisión de las normas legales crea un conflicto indisoluble para los proveedores que están sujetos tanto a la jurisdicción estadounidense (y por lo tanto a la Ley de la Cloud) y a la legislación de la UE (GDPR). Siga un acuerdo de la Ley en la nube sin una base de MLAT, viole el GDPR y el riesgo de altos multas (hasta el 4% de las ventas anuales globales) y la demanda de derecho civil. Si se niega a publicar, citando el GDPR, las sanciones de riesgo bajo la ley estadounidense.
Evaluación de la EDSA/EDSB y la incertidumbre legal
Las autoridades de supervisión de protección de datos europea, coordinadas en EDSA y EDSB, han hecho una posición clara sobre esta situación de conflicto. En su evaluación legal conjunta de julio de 2019, llegaron a la conclusión de que la actuación de la nube como tal no es una base legal suficiente de acuerdo con el GDPR para la transmisión de datos personales a los Estados Unidos.
Hacen hincapié en que los proveedores que están sujetos a la ley de la UE pueden no transmitir datos personales a las autoridades estadounidenses únicamente sobre la base de un acuerdo directo de acuerdo con la Ley de Cloud. Dicha transmisión solo se permite si se basa en un acuerdo internacional reconocido, generalmente basado en el MLAT UE-US o un MLAT bilateral entre un estado miembro y los Estados Unidos. El proceso MLAT garantiza el estado de derecho necesario y la integración de las autoridades judiciales del estado solicitado.
EDSA y EDSB evalúan la posibilidad de que los proveedores pretenden en la Ley de la Cloud para disputar un acuerdo ("Moción para anular") como un mecanismo de protección inadecuado. Señalan que esta es solo una opción para el proveedor, no una obligación, y que el resultado de dicho procedimiento ante un tribunal de los Estados Unidos es incierto y no garantiza la protección de los ciudadanos de la UE de acuerdo con los estándares de la UE.
Esta actitud clara de las autoridades de protección de datos europeas relevantes endurece la incertidumbre legal para las empresas que usan u ofrecen servicios en la nube de EE. UU. Debe ser consciente del hecho de que el uso de dichos servicios no es potencialmente no compatible si el proveedor no puede garantizar que no publique datos sobre la base de un acuerdo de la Ley en la nube al violar el GDPR.
Implicaciones de las leyes de monitoreo de Schrems II y EE. UU.
El problema de la Ley de la nube debe verse en el contexto del debate más amplio sobre la transferencia de datos a los EE. UU. Y las leyes de vigilancia allí, que ha logrado una nueva dimensión de la sentencia Schrems II del ECJ del 16 de julio de 2020.
En esta sentencia, el ECJ declaró el Acuerdo de Escudo de Privacidad UE-US inválido. La razón principal de esto fueron los poderes de gran alcance de los Servicios de Inteligencia de los Estados Unidos (especialmente según la sección 702 de la Ley de Vigilancia de Inteligencia Extranjera-FISA y Orden Ejecutiva 12333) para acceder a los datos personales de los ciudadanos de la UE que se transmiten a los Estados Unidos. El ECJ descubrió que estas opciones de acceso no cumplen con los requisitos de la Claza de los Derechos Fundamentales de la UE en la necesidad y la proporcionalidad y que los ciudadanos de la UE no están disponibles para una protección legal efectiva contra dicho acceso en los EE. UU.
Aunque la Ley de Cloud Formalmente es un instrumento de la aplicación de la ley y no la vigilancia de inteligencia, aumenta las preocupaciones planteadas por Schrems II. Establece otro mecanismo legal para el acceso extraterritorial a los datos por parte de las autoridades estadounidenses. Desde una perspectiva europea, este mecanismo (a menos que no se base en un MLAT o un futuro, como un acuerdo adecuado) también falta el estado de derecho necesario en la ley de la UE (Art. 48 GDPR). La combinación de los derechos de acceso de las leyes de vigilancia (FISA 702, EO 12333) y la Ley de Cloud (aplicación de la ley) crea una imagen general de las opciones de acceso de estado de largo alcance para los datos que los proveedores estadounidenses almacenan a nivel mundial.
Esto tiene un impacto directo en el uso de otros mecanismos de transferencia, como las cláusulas de contrato estándar (cláusulas contractuales estándar, SCC). El juicio de Schrems II obliga a los exportadores de datos a verificar cuando se usan SCC para transferencias a terceros países, como los EE. UU. En casos individuales, ya sea que el derecho y la práctica del país objetivo garanticen un nivel de protección que es "esencialmente igual" en la UE. Si no, se deben tomar medidas adicionales (medidas complementarias) para cerrar cualquier brecha en la protección. La existencia de leyes como la Sección 702 de FISA y la Ley Cloud hace que sea extremadamente difícil para las empresas demostrar que la ley estadounidense ofrece un nivel de protección tan equivalente. Esto hace que el uso de la derecha de los servicios en la nube de los Estados Unidos sea significativamente más difícil para el procesamiento de datos personales de la UE. La Ley de la nube parece un amplificador del problema Schrems II, ya que expande el espectro de opciones legales de acceso de los Estados Unidos y socava aún más el argumento de "equivalencia significativa" del nivel de protección.
Hoast de la soberanía de los datos europeos y la pérdida de confianza
Además de los conflictos puramente legales, la Ley de Cloud se percibe ampliamente como una amenaza para la soberanía digital de Europa. La soberanía de los datos describe el derecho y la capacidad de los estados, organizaciones o individuos para controlar sus datos, especialmente donde puede almacenarse, cómo puede procesar y quién puede acceder a él. La Ley en la nube socava este principio al permitir que una potencia extranjera (Estados Unidos) acceda potencialmente a los datos que se almacenan en territorio europeo o provienen de ciudadanos y empresas europeas, siempre que estos datos la administren bajo un proveedor de Estados Unidos.
La posibilidad de dicho acceso que puede ser sin cumplir con los procedimientos europeos (como MLAT) y sin el conocimiento o notificación de los datos o empresas que pueden recibir o notificar conducen a una pérdida significativa de confianza en los proveedores de tecnología estadounidense. Esta desconfianza no solo afecta la protección de los datos personales en el sentido del GDPR, sino que también se extiende a la seguridad de los datos confidenciales de la empresa, como secretos comerciales, datos de investigación y desarrollo, información financiera y propiedad intelectual. La preocupación del espionaje comercial o el drenaje no deseado de la información competitiva a través del acceso del gobierno es un factor esencial que hace que las empresas busquen alternativas a los proveedores estadounidenses o tomen medidas de protección adicionales.
Respuestas de la UE: Ley de datos y GAIA-X (estado y desafíos)
En respuesta a los desafíos de la digitalización y el dominio de los proveedores de tecnología no europea, la Unión Europea lanzó diversas iniciativas para fortalecer la soberanía digital y definir su propia manera europea para tratar los datos. Dos bloques de construcción centrales son la Ley de datos y la iniciativa GAIA-X.
La Ley de datos de la UE, que se publicó en la revista oficial en diciembre de 2023 y será aplicable a partir del 12 de septiembre de 2025, tiene como objetivo aumentar la equidad en la industria de datos y mejorar el acceso y el uso de datos, especialmente los datos industriales. Está destinado a promover la innovación y aumentar la disponibilidad de datos. Específicamente, el acto de datos de los usuarios de productos en red (por ejemplo, dispositivos IoT, máquinas inteligentes) brinda más control sobre los datos generados por estos dispositivos y facilita el cambio entre diferentes proveedores de la nube, por ejemplo, reduciendo obstáculos para cambiar los proveedores y prohibir las cláusulas contractuales inapropiadas. Las disposiciones de que las medidas de protección contra los requisitos de transmisión de datos ilegales de las autoridades de los países del tercer país también deben proporcionar relevante en el contexto de la Ley de la nube y, por lo tanto, fortalecer la conferencia de datos de la UE.
La iniciativa GAIA-X, lanzada en 2019, persigue el ambicioso objetivo de crear una infraestructura de datos europea alimentada, segura y soberana. GAIA-X está destinado a establecer un ecosistema en el que los datos de acuerdo con los valores europeos y la transparencia de los estándares, la apertura, la seguridad, la interoperabilidad y la soberanía de los datos se compartan y procesen. Se dice que ofrece una alternativa a los hiperscalers dominantes y reduce la dependencia de los proveedores no europeos.
Sin embargo, Gaia-X todavía se encuentra en una fase temprana de implementación ("fase de aumento") y enfrenta desafíos significativos. Hay primeros proyectos piloto y casos de aplicación como Catena-X para la industria automotriz o camas de prueba en países asociados como Japón, pero todavía hay una amplia gama de penetración del mercado. Los obstáculos incluyen la complejidad técnica del enfoque federado, asegurando la interoperabilidad real entre los diferentes proveedores, las preguntas de gobierno dentro de la Asociación GAIA-X (la organización patrocinadora) y la adopción lenta, especialmente en sectores altamente regulados como la atención médica. También hubo críticas de que la visión original de una nube puramente europea estaba diluida por la integración de las grandes hiperscales estadounidenses en la Asociación Gaia-X y que el proyecto sufría una burocracia excesiva. Actualmente es poco probable que Gaia-X pueda construir una competencia directa con AWS, Azure y GCP. Su importancia podría deberse más al marco para los estándares y la confianza para salas de datos europeas específicas (espacios de datos).
Sin embargo, estas iniciativas europeas también revelan inconsistencia estratégica. Por un lado, Gaia-X y la Ley de datos intentan reducir la dependencia de los proveedores estadounidenses y fortalecer el control sobre los datos en Europa. Por otro lado, la Comisión Europea negocia en paralelo con los Estados Unidos sobre un Ejecutivo de acuerdo como parte de la Ley de Cloud. Tal acuerdo, si ocurriera, legalizaría el acceso directo a los datos por parte de las autoridades estadounidenses bajo ciertas condiciones y potencialmente simplificaría, es decir. Exactamente el mecanismo que originalmente desencadenó las preocupaciones de soberanía. Esto refleja el dilema de la UE de luchar por la autonomía digital al mismo tiempo y para poner la cooperación pragmática con los Estados Unidos en el enjuiciamiento criminal de manera eficiente, sin revelar sus propios principios de protección de datos (en particular los requisitos del juicio Schrems II y el art. 48 GDPR). La disolución de este voltaje es un desafío central para la futura política de datos transatlánticos.
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Más sobre esto aquí:
Espionaje económico y protección de datos: ¿La tecnología estadounidense sigue siendo confiable?
Riesgos e implicaciones globales fuera de Europa
Los problemas planteados por la Ley de Cloud no se limitan a la relación entre Estados Unidos y Europa. La ley tiene efectos potencialmente de mayor alcance en los países y regiones en todo el mundo, especialmente con respecto al monitoreo estatal, el espionaje económico, los conflictos con las leyes locales y la confianza general en la infraestructura digital global.
Vigilancia estatal y libertades burguesas
Desde el principio, la Ley en la nube ha atraído las críticas a las organizaciones de derechos civiles como la Electronic Frontier Foundation (EFF) y la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU). Un punto principal de crítica es que la ley potencialmente socava los mecanismos de protección contra las búsquedas y convulsiones estatales inapropiadas (ancladas en el cuarto artículo adicional de la Constitución de los Estados Unidos para los ciudadanos estadounidenses). En particular, la posibilidad de crear regulaciones bilaterales a través de acuerdos ejecutivos que permitan el acceso directo a los datos por parte de las autoridades extranjeras a los datos en los EE. UU. Y posiblemente tratar el control judicial habitual por parte de los platos estadounidenses se considera problemático. Además, los afectados por una solicitud de datos no tienen que ser informados necesariamente sobre el acceso bajo la Ley de la nube, lo que limita las posibilidades de la percepción de los remedios legales.
Para personas fuera de los Estados Unidos, la protección de la constitución de los Estados Unidos es más baja de todos modos. La Ley en la nube facilita que las autoridades estadounidenses accedan a sus datos almacenados en proveedores estadounidenses, independientemente de la ubicación. Esto provoca miedos en todo el mundo con respecto a una expansión de la vigilancia estatal por parte de los Estados Unidos. Existe la preocupación de que el mecanismo de la Ley de la Nube, en particular, el Ejecutivo está de acuerdo, podría servir como modelo para otros estados, incluso aquellos con menor estado de derecho y una protección menos pronunciada de las libertades burguesas. El paralelo a la Ley Nacional de Inteligencia de China, que las autoridades chinas también otorgaron los derechos de acceso de gran alcance a los datos de las empresas, ya se ha dibujado. Esto podría promover las tendencias globales hacia una mayor vigilancia estatal y control de la comunicación digital.
Espionaje económico y protección de la propiedad intelectual
Los poderes de acceso bajo la Ley de la nube no se limitan al contenido de comunicación o metadatos de particulares. También puede registrar datos de la empresa altamente sensibles almacenados por los proveedores de la nube de EE. UU. Esto incluye secretos comerciales, datos financieros, bases de datos de clientes, prototipos, datos de investigación y desarrollo, así como otras propiedades intelectuales (propiedad intelectual, IP).
Incluso si el propósito explicado de la Ley en la nube es combatir delitos graves, existe la preocupación de que las opciones de acceso de largo alcance puedan ser abusados, por ejemplo, a los efectos del espionaje de negocios a favor de las empresas estadounidenses o para obtener ventajas económicas estratégicas. La mera posibilidad de tal acceso por parte de un poder del gobierno extranjero socava la confianza de las empresas de todo el mundo en la seguridad y la confidencialidad de sus datos críticos si se encuentran con los proveedores estadounidenses. Este riesgo es una desventaja significativa en el uso de servicios en la nube de los Estados Unidos para muchas empresas, especialmente en industrias de seguridad o crítica de seguridad tecnológica.
Conflictos con los sistemas legales locales
Similar al caso del GDPR de la UE, el reclamo extraterritorial de la Ley de la nube también puede colisionar con las leyes de protección de datos, obligaciones de confidencialidad u otras disposiciones legales de muchos otros países. Los proveedores globales de la nube, especialmente aquellos con sede o una fuerte presencia en los Estados Unidos, están potencialmente expuestos a una red de obligaciones legales contradictorias.
Los ejemplos de países con sus propios regímenes de protección de datos que están potencialmente en conflicto con la Ley de la nube son numerosos:
- Suiza: la Ley Federal Revisada sobre Protección de Datos (RevFADP) se basa fuertemente en el GDPR y también contiene reglas para transferencias de datos internacionales que requieren una protección adecuada en el país objetivo.
- Brasil: el lei Geral de Proteção de Dados Pessoais (LGPD) también tiene efectos extraterritoriales y sujetos el procesamiento de datos a las reglas estrictas de los ciudadanos brasileños, incluso para transferencias internacionales.
- India: la Ley de Protección de Datos Personal Digital (Ley DPDP, a menudo referenciada como PDPB) también contiene disposiciones sobre transferencias de datos y puede proporcionar requisitos de localización para ciertos datos "críticos".
- China: La Ley de Ciberseguridad (CSL) y la Ley de Protección de la Información Personal (PIPPL) consulte Reglas estrictas para la seguridad de datos y las transferencias de transferencia cruzada e incluyen requisitos de localización de datos.
- Rusia: la Ley de la Federación No. 152 "Acerca de datos personales" prescribe el almacenamiento de datos personales de ciudadanos rusos sobre servidores en Rusia (localización de datos).
Estos ejemplos dejan en claro que la Ley de Cloud no es solo un problema bilateral entre los Estados Unidos y la UE, sino que también es un desafío global para la coherencia de los sistemas legales internacionales en el espacio digital.
Efectos sobre las transferencias de datos internacionales y la confianza en los proveedores de tecnología estadounidense
La existencia de la Ley de la Nube y las incertidumbres y conflictos legales asociados tienen un impacto significativo en los mecanismos de transferencia de datos internacionales y la confianza general en los proveedores de tecnología estadounidense.
La ley contribuye a la erosión de la confianza en los instrumentos establecidos para el tráfico de datos transatlánticos, como el antiguo Escudo de privacidad de UE-US o las cláusulas contractuales estándar (SCC) actualmente muy utilizadas. Como se explica en el contexto de Schrems II, la Ley de la nube complica que en los Estados Unidos existe un nivel de protección "esencialmente equivalente" de la ley de la UE para datos personales.
Esto obliga a las empresas de todo el mundo a reevaluar los riesgos al usar los servicios en la nube de los Estados Unidos. Debe verificar si puede garantizar el cumplimiento de sus leyes locales de protección de datos si tiene datos transmitidos a los proveedores de EE. UU. O si las procesan. Esto lleva cada vez más al examen de soluciones alternativas, como el uso de proveedores de nubes locales o regionales que no están sujetos a la jurisdicción de los Estados Unidos, o a implementar medidas de protección técnicas y organizacionales adicionales (como el cifrado de extremo a extremo con su propia gestión de clave, seudonimización de datos o una estricta localización de datos para ciertos tipos de datos).
La incertidumbre legal creada por la Ley en la nube y las leyes similares de otros países y las medidas de protección resultantes también podrían aumentar una tendencia hacia la "balcanización" de Internet. Esta es una fragmentación creciente del espacio digital global a lo largo de las fronteras nacionales o regionales, caracterizadas por requisitos de localización de datos más estrictos, diferentes estándares técnicos y flujos de datos de fondo cruzado difíciles. La Ley Cloud actúa aquí como un impulsor esencial para esta tendencia global hacia una más soberanía digital. Al anclar el acceso extraterritorial a los datos y, por lo tanto, potencialmente transferir los sistemas legales de otros estados, provocan contra las reacciones. Estos se manifiestan en forma de leyes de localización de datos, la financiación estatal de los ecosistemas de la nube locales y el endurecimiento de las transferencias nacionales de datos. La Ley Cloud, por lo tanto, acelera, posiblemente involuntariamente, un desarrollo lejos de un espacio de datos abierto a nivel mundial a territorios digitales controlados más nacionales o regionales.
Adecuado para:
Mapeo de la dependencia global de los proveedores de nubes de EE. UU.
Para poder evaluar el alcance de la Ley en la nube, una comprensión de las cuotas de mercado globales y las dependencias resultantes de los grandes proveedores de nubes de EE. UU.-Servicios web de Amazon (AWS), Microsoft Azure y Google Cloud Platform (GCP) -es es esencial. El dominio del mercado de estos actores determina significativamente cuántas empresas y organizaciones podrían afectar los actos de la nube en todo el mundo.
Cuotas de mercado de los HyperScalers de EE. UU. (AWS, Azure, GCP)
Numerosos análisis del mercado confirman el dominio abrumador de las tres grandes hiperscales estadounidenses en el mercado global de servicios de infraestructura en la nube (infraestructura como servicio, IaaS y plataforma como servicio, PAAS). Juntos, AWS, Microsoft Azure y GCP a fines de 2023 y principios de 2025 (dependiendo de la fuente y la definición precisa del mercado) controlaron una participación de alrededor del 66% al 70% de las ventas globales en este segmento.
Las cuotas de mercado aproximadas para el cuarto trimestre de 2024 se pueden resumir de la siguiente manera (según datos de diferentes fuentes, los números exactos pueden variar ligeramente, pero la tendencia es consistente):
- Amazon Web Services (AWS): aprox. 30-33%. AWS sigue siendo el claro líder del mercado, cuyo papel pionero en la computación en la nube asegura un liderazgo continuo. Sin embargo, existe una ligera tendencia hacia el estancamiento o incluso una ligera disminución en la cuota de mercado en los últimos años, mientras que la competencia se pone al día.
- Microsoft Azure: aprox. 21-24%. Azure se ha establecido como un fuerte número dos y tiene un crecimiento continuo, a menudo impulsado por la integración con otros productos de Microsoft y una posición sólida en el sector de la empresa.
- Plataforma en la nube de Google (GCP): aprox. 11-12%. GCP es el número tres y también muestra un crecimiento significativo, aunque de una base menor. Google invierte fuertemente en áreas como la IA y el análisis de datos para obtener cuotas de mercado.
Además de estos tres gigantes, hay otros actores relevantes, cuyas cuotas de mercado son significativamente más bajas. Esto incluye Alibaba Cloud, que juega un papel más pequeño en aproximadamente el 4% a nivel mundial, pero domina el mercado de la nube en China. Otros proveedores con prioridades globales o regionales incluyen IBM, Salesforce, Oracle, Tencent Cloud y Huawei Cloud (tanto fuertes en China) y proveedores especializados.
La siguiente tabla resume las cuotas de mercado globales estimadas de los principales proveedores de infraestructura de la nube (IaaS / PAAS) para finales de 2024 / principios de 2025 e ilustra el dominio de los hiprees estadounidenses:
Cuotas de mercado de la nube global estimada (IaaS/PAAS) Q4 2024/principios de 2025
Cuotas de mercado de la nube global estimada (IaaS/PAAS) Q4 2024/principios de 2025-IMAGE: Xpert.digital
Los datos actuales del mercado global de la nube para IaaS/PAAS en el cuarto trimestre de 2024 y a principios de 2025 muestran un claro dominio de las hiperscales estadounidenses. AWS reclama la mayor participación de mercado con 30 a 33 por ciento, por lo que se puede observar una tendencia estable para disminuir ligeramente. Microsoft Azure sigue con 21 a 24 por ciento y enumera un mayor crecimiento. Google Cloud Platform (GCP) obtiene del 11 al 12 por ciento del mercado con una tendencia de desarrollo positivo. El proveedor chino Alibaba Cloud posee una cuota de mercado global estable de alrededor del 4 por ciento. Los otros proveedores, incluidos IBM, Oracle, Tencent y Huawei, comparten del 27 al 34 por ciento del mercado con diferentes tendencias de desarrollo. La posición general del hiperscalador de EE. UU. Es notable, que junta el control de alrededor del 62 al 69 por ciento del mercado global de la nube y registra un ligero crecimiento.
Estos números subrayan la considerable dependencia global de los tres principales proveedores estadounidenses. Por lo tanto, gran parte de la infraestructura de la nube global está potencialmente sujeta a la jurisdicción de la Ley de Cloud.
Regiones/países con alta dependencia
La dependencia de los proveedores de nubes de EE. UU. Es geográficamente diferente, pero muy alta en muchas regiones económicas importantes:
- América del Norte (especialmente Estados Unidos y Canadá): como hogar del hiperscalador y con la mayor penetración de la nube, la dependencia es naturalmente mayor aquí. AWS tiene una posición de mercado particularmente fuerte en los Estados Unidos. Canadá también muestra altas inversiones en la nube y la IA, a menudo a través de plataformas estadounidenses.
- Europa: a pesar de las preocupaciones con respecto a GDPR y la Ley de Cloud, la dependencia de AWS, Azure y GCP en Europa es extremadamente alta. Su participación de mercado combinada en el continente se estima en más del 70%. Curiosamente, en algunos países europeos, como los Países Bajos (supuestamente 67%de participación de mercado), Polonia (49%) y también en Japón (49%), incluso en Japón (49%), incluso parece por delante de AWS según un análisis. Las grandes economías europeas como Alemania, el Reino Unido y Francia invierten masivamente en tecnologías en la nube e inteligencia artificial, con las plataformas estadounidenses desempeñando un papel central. Esta discrepancia entre la alta dependencia del mercado y el esfuerzo político por la soberanía digital representa un área central de tensión.
- India: el mercado de la nube india muestra una dinámica de alto crecimiento y una fuerte dependencia de los proveedores estadounidenses, por lo que la estructura del mercado de los cuales en los Estados Unidos lidera: AWS (aproximadamente 52%) antes de Azure (aproximadamente 35%) y GCP (aproximadamente 13%). Al mismo tiempo, existe una fuerte voluntad política para la digitalización y cada vez más esfuerzos para localizar datos, especialmente para datos confidenciales como datos financieros. Esto podría promover el crecimiento de los proveedores locales a largo plazo.
- América Latina: el uso de nubes en países como Brasil crece, pero también está fuertemente dominado por los jugadores mundiales de los Estados Unidos. AWS se está expandiendo activamente en la región, por ejemplo, con una nueva región en México. Las leyes locales de protección de datos, como el LGPD brasileño y los requisitos específicos de localización de datos, por ejemplo, en el sector financiero, podrían influir en la dinámica del mercado, pero hasta ahora no han cambiado la dependencia básica.
- Australia: como un país tecnológicamente altamente desarrollado con un vínculo político y económico cercano con los Estados Unidos, Australia tiene una alta adopción de la nube. La existencia de una Ley Ejecutiva de la Cloud de acuerdo entre Estados Unidos y Australia indica la aceptación de los mecanismos de acceso estadounidense y sugiere una alta dependencia de los proveedores estadounidenses.
- Otras regiones (por ejemplo, África, partes del sudeste asiático): los mercados de la nube solo se están acumulando en muchos países en desarrollo y emergentes. A menudo, los proveedores mundiales de los Estados Unidos también dominan aquí debido a sus ventajas de escala y su ventaja tecnológica. Al mismo tiempo, los esfuerzos de soberanía digital y localización de datos también aumentan en estas regiones, como muestran ejemplos de Vietnam o Indonesia.
Países con menos dependencia y ecosistemas alternativos (China, Rusia)
En contraste con la dependencia generalizada de los hiperscalers de EE. UU., En particular, se han desarrollado ecosistemas digitales independientes, especialmente en China y Rusia, que están dominados por proveedores locales.
- China: El mercado de la nube china es el segundo más grande del mundo, pero está muy regulado y es difícil de acceder a los proveedores extranjeros. El dominio es claramente con los grupos de tecnología nacional: Alibaba Cloud posee una cuota de mercado de aproximadamente el 36%, seguida de Huawei Cloud con aprox. 19% y nube de tencent con aprox. 15-16% (Stand Q2/Q3 2024). Los proveedores estadounidenses como AWS o Azure solo juegan un papel subordinado en el mercado continental chino. Este desarrollo está financiado por una estricta regulación estatal, en particular la Ley de Ciberseguridad (CSL) y la Ley de Protección de Información Personal (PIPL), que, entre otras cosas, prescribe los requisitos de localización de datos y consideran el flujo de datos de la carga cruzada. China también persigue su propia estrategia ambiciosa en el campo de la inteligencia artificial que se basa en las capacidades de los proveedores de nubes nacionales.
- Rusia: Similar a China, aunque por otras razones (especialmente las sanciones occidentales y una política estatal activa para promover la soberanía digital), ha tenido lugar un creciente desacoplamiento de los proveedores de tecnología occidentales en Rusia. El mercado de la nube rusa está dominado por los proveedores locales, sobre todo Yandex Cloud, pero también proveedores como SberCloud (ahora posiblemente el nombre, por ejemplo, en el nombre, por ejemplo, Cloud.ru), VK Cloud y el grupo de telecomunicaciones controlado por el estado, Rostelecom, juegan un papel importante. La Ley de Protección de Datos de Rusia (Ley de Föderales No. 152) estipula una estricta localización de datos para datos personales de ciudadanos rusos, lo que dificulta el uso de servicios en la nube extranjeros y promover a los proveedores locales. Yandex Cloud anuncia explícitamente el cumplimiento de estas leyes locales para atraer empresas internacionales que desean trabajar en el mercado ruso. Los programas estatales como la "economía digital de la Federación de Rusia" y la plataforma "Gostech" también promueven el uso de soluciones nacionales en la nube por parte de autoridades y empresas.
- Unión Europea (potencial versus realidad): la UE se encuentra en una situación especial. Por un lado, existen esfuerzos políticos claros para reducir la dependencia de los proveedores estadounidenses y construir su propia soberanía digital. Iniciativas como GAIA-X y actos legislativos, como la Ley de datos, apuntan en esta dirección. También hay varios proveedores de nubes europeos (por ejemplo, Ovhcloud, Deutsche Telekom/T-Systems, Ionos). Por otro lado, la penetración real del mercado de las hiperscales estadounidenses en Europa, como se muestra arriba, es extremadamente alta. Hasta ahora, las alternativas europeas no han podido lograr cuotas de mercado comparables, que a menudo se atribuyen a las desventajas de la escala y la madurez tecnológica de las ofertas de los Estados Unidos. Por lo tanto, la UE sigue siendo un campo de alta dependencia con una fuerte voluntad política.
Estos ejemplos muestran que es posible una menor dependencia de los hiperscalers de EE. UU., Pero en su mayoría se basan en una combinación de una fuerte regulación estatal, una promoción dirigida de las industrias nacionales y, a veces, también el cierre del mercado motivado políticamente.
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Más sobre esto aquí:
Raza digital por la soberanía: enseñanza de la Ley de la nube
Estrategias y reacciones nacionales a la Ley de Cloud
En vista de los desafíos de que la Ley de Cloud de los Estados Unidos para la protección de datos, la soberanía y la certeza legal, los estados han desarrollado diferentes estrategias en todo el mundo para gestionar los riesgos asociados y proteger sus intereses. Estas estrategias van desde medidas regulatorias hasta enfoques tecnológicos hasta negociaciones internacionales.
Comparación de enfoques nacionales
Se pueden observar varios enfoques básicos, que a menudo se combinan:
- Localización de datos: una de las reacciones más directas es la introducción de leyes que estipulan que ciertos tipos de datos, a menudo datos personales o como información clasificada crítica, deben almacenarse y procesarse físicamente físicamente dentro de las fronteras nacionales. Ejemplos destacados de esto son Rusia con la Ley Federal No. 152, China con requisitos bajo la Ley de Ciberseguridad y PIPPL y en parte India (especialmente para los datos de pago). Países como Vietnam e Indonesia también persiguen tales enfoques. Los motivos son diversos: fortalecer la soberanía nacional y el control sobre los datos, la mejora en la seguridad nacional a través del acceso difícil a las potencias extranjeras, pero también el proteccionismo económico para promover la industria de TI nacional. Sin embargo, tecnológica y económicamente, la localización de datos estricto a menudo es ineficiente porque socava las ventajas de las arquitecturas de nube distribuidas a nivel mundial (como la escalabilidad, la redundancia, la eficiencia rentable) y conduce a mayores costos para las empresas. El número de países con tales restricciones ha aumentado significativamente en los últimos años.
- Fortalecimiento de su propia regulación y estándares internacionales: muchos países se basan en fortalecer su propia legislación de protección de datos para establecer altos estándares de protección y regular claramente las condiciones para las transferencias de datos internacionales. La UE con el GDPR es un pionero aquí. Otros países han seguido o modernizado sus leyes, a menudo basadas en el GDPR, como Suiza (RevFADP), Brasil (LGPD), el Reino Unido (GDPR del Reino Unido) o Canadá (Pipeda). El objetivo a menudo es ser reconocido por la UE como un país con un "nivel razonable de protección de datos" para facilitar el flujo de datos con Europa. Al mismo tiempo, estas leyes sirven para proteger los derechos de los propios ciudadanos y crear un marco legal que pueda ser afirmado con leyes como la Ley de la Nube en caso de un conflicto.
- Promoción de proveedores y ecosistemas locales/regionales: otro enfoque es la financiación de la política industrial activa de los proveedores de nubes nacionales o regionales y los ecosistemas digitales para crear alternativas a los hiperscalers estadounidenses dominantes y reducir la dependencia tecnológica. La iniciativa de la UE GAIA-X es un ejemplo de esto, incluso si su éxito hasta ahora ha sido limitado. En China y Rusia, este enfoque, combinado con una fuerte regulación, es más exitoso y ha llevado a mercados dominados por proveedores locales. El desafío es que los proveedores locales a menudo no logran los mismos efectos de escala, el mismo volumen de inversión o el mismo rango global que los gigantes estadounidenses.
- Uso de acuerdos internacionales (acuerdos ejecutivos versus mlats): los estados pueden intentar regular el acceso a los datos como parte de la aplicación de la ley a través de acuerdos internacionales. La Ley en la nube en sí misma ofrece el mecanismo de los acuerdos ejecutivos. Países como el Reino Unido y Australia han elegido este camino y cerraron acuerdos bilaterales con los Estados Unidos, lo que debería permitir un acceso de datos directo acelerado bajo ciertas condiciones. Estos acuerdos prometen ganancias de eficiencia en comparación con los procedimientos de asistencia legal (MLAT) a menudo lentos y lentos. Sin embargo, otros países o regiones, como la UE, dudan en concluir tal acuerdo, entre otras cosas debido a las preocupaciones sobre la compatibilidad con sus propios altos estándares de protección de datos (GDPR, Schrems II). Continúan dependiendo principalmente del proceso MLAT establecido, lo que proporciona una integración más fuerte de las autoridades judiciales del estado solicitado, incluso si se considera ineficiente. La elección entre estos caminos representa un acto de equilibrio entre la eficiencia en la aplicación de la ley y la protección de los derechos fundamentales y la soberanía.
- Medidas técnicas y organizativas (TOMS) por parte de las empresas: independientemente de las estrategias estatales, las empresas toman medidas para reducir los riesgos de la Ley en la nube. This includes the use of strong encryption methods, ideally under the only control of the customer using the cryptographic keys (Bring your own key- byok, hold your own key- Hyok), the careful selection of the storage location (e.g. data center within the EU), the implementation of strict access controls, the use of pseudonymization or Anonymization techniques, cooperation with local partners or system integrators that manage the data on behalf of the customer, or the implementation of Arquitecturas de nubes híbridas, en las que permanecen datos particularmente confidenciales en su propio centro de datos (en las instalaciones).
Estudios de casos: UE, Suiza, Brasil, China, Rusia
El uso de estas estrategias se puede ilustrar en ejemplos de países concretos:
- EU: persigue un enfoque de vía múltiple. La base forma una fuerte regulación (GDPR, Ley de datos). Iniciativas como Gaia-X deben fortalecer la soberanía, pero tienen que luchar con los desafíos. Al mismo tiempo, las negociaciones en una Ley de Cloud están de acuerdo con Estados Unidos, lo que muestra la ambivalencia entre el reclamo de la soberanía y la necesidad de cooperación. La alta dependencia de los proveedores estadounidenses permanece.
- Suiza: su ley de protección de datos (RevFADP) se ha basado estrechamente en el GDPR y utiliza mecanismos similares para transferencias internacionales (Resoluciones de adecuación, SCC). En respuesta a Schrems II, Suiza implementó su propio acuerdo con los EE. UU. (Marco de privacidad de datos Swiss-US). Sin embargo, el riesgo básico de la Ley en la nube sigue siendo porque las empresas suizas que usan los servicios estadounidenses se ven potencialmente afectadas.
- Brasil: con el LGPD, una ley integral de protección de datos con un efecto extraterritorial ha creado y establecido una Autoridad de Protección de Datos Independiente (ANPD). Existen reglas específicas para las transferencias internacionales y el uso de servicios en la nube, especialmente en el sector financiero regulado. La interpretación y la aplicación exacta, también con respecto a los conflictos con leyes como la Ley de la Cloud, aún está en desarrollo.
- China: se basa constantemente en el control estatal, la estricta localización de datos y la promoción de un mercado interno aislado que está dominado por campeones nacionales. La protección de datos (en el sentido de PIPL) también sirve control estatal y seguridad nacional.
- Rusia: persigue una estrategia similar de soberanía digital a través de una localización de datos estricto, la promoción de proveedores nacionales y el creciente desacoplamiento tecnológico de Occidente, reforzado por factores geopolíticos.
Medidas técnicas y organizativas de las empresas
Para las empresas que usan los servicios en la nube de EE. UU. O actúan a nivel mundial, la implementación de medidas técnicas y organizativas sólidas es crucial para la minimización del riesgo. Estos incluyen:
- Transparencia y evaluación de riesgos: comunicación proactiva con los clientes a través de riesgos de jurisdicción e implementación de análisis de riesgos exhaustivos (evaluación de impacto de transferencia de datos) para evaluar la sensibilidad de los datos y los posibles efectos del acceso.
- Selección cuidadosa de proveedores: examen de alternativas a los proveedores estadounidenses, especialmente a los proveedores europeos o locales que no están sujetos al poder judicial estadounidense. Evaluación de los compromisos de cumplimiento y las arquitecturas de seguridad de los proveedores.
- Cifrado y gestión de clave: uso de un cifrado fuerte para datos "en reposo" y "en tránsito". Controlar sobre las claves criptográficas es crucial. Solo si el cliente administra las claves exclusivamente (HYOK) puede evitar el acceso de manera efectiva por el proveedor (y, por lo tanto, potencialmente por las autoridades estadounidenses). Las soluciones en las que el proveedor administra las claves (traiga su propia clave: BYOK puede ser engañoso aquí), no ofrece una protección completa. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que los datos para el procesamiento activo en la nube a menudo deben descifrarse en la RAM, lo que representa una posible ventana de acceso.
- Controles de acceso y gobernanza: implementación de directrices de gestión de identidad y acceso estricto (IAM) para limitar el acceso a los datos a lo absolutamente necesario. Examen en cuanto a si el acceso por parte del personal de ciertas jurisdicciones (por ejemplo, EE. UU.) Se puede prevenir técnica y organizalmente.
- Híbridos y estrategias de múltiples nubes: cambio en datos y cargas de trabajo particularmente confidentes a una nube privada o una infraestructura local, mientras que las aplicaciones menos críticas permanecen en la nube pública. Esto permite un control de riesgo diferenciado.
- Estructuración legal: en algunos casos, se puede considerar la base de subsidiarias legalmente separadas en varias jurisdicciones para romper el "control" de la compañía madre estadounidense a través de datos en otras regiones. Sin embargo, esto es complejo y requiere un diseño legal cuidadoso.
- Reacción a las consultas: desarrollo de procesos internos claros para tratar con las autoridades. Esto incluye examinar la legalidad de la solicitud y la voluntad de disputar las órdenes si están en conflicto con las leyes locales (por ejemplo, GDPR).
Sin embargo, debe tenerse en cuenta que las medidas técnicas y organizativas alcanzan sus límites. Mientras una empresa que esté sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos, en última instancia, la "posesión, custodia o control" tiene el riesgo legal básico de publicación de acuerdo con la Ley de la nube. Incluso se puede evitar un cifrado fuerte si el proveedor puede verse obligado a publicar las claves o tiene acceso al nivel de gestión. Una solución puramente técnica no puede eliminar completamente el problema legal de las reclamaciones soberanas.
La siguiente tabla ofrece una descripción comparativa de las diversas estrategias nacionales:
Comparación de estrategias nacionales para reducir los riesgos de nubes
Diferentes países y regiones en todo el mundo han desarrollado diferentes enfoques estratégicos para lidiar con los riesgos de la Ley de Cloud de los Estados Unidos. La estrategia de solación de datos, como se practica en China, Rusia, en parte en India y Vietnam, estipula el almacenamiento estricto de datos en Alemania. Aunque esto aumenta el control y la soberanía nacional y promueve la industria local, pero a menudo demuestra ser ineficiente, costoso e innovador y limita el acceso a los servicios globales.
La UE con el GDPR, Suiza con el FADP, Brasil, con el LGPD y Gran Bretaña con el GDPR del Reino Unido, por otro lado, se centra en fortalecer sus propias regulaciones con altos estándares de protección de datos, reglas claras para transferencias de datos internacionales y fuertes autoridades de supervisión. Esta estrategia protege los derechos de los ciudadanos y crea un marco legal para los casos de conflicto, pero no resuelve directamente el conflicto de jurisdicción básica y carga a las empresas con altos requisitos de cumplimiento.
Algunas regiones promueven activamente a los proveedores locales y los ecosistemas digitales, como la UE con el Proyecto Gaia X o China y Rusia con su política industrial. Estas medidas reducen la dependencia de los proveedores extranjeros y fortalecen la soberanía tecnológica, pero a menudo se asocian con una competitividad limitada hacia los grandes proveedores internacionales y han demostrado ser largos y costos.
Gran Bretaña y Australia han cerrado los acuerdos ejecutivos como parte de la Ley de Cloud con los Estados Unidos, mientras que la UE aún está en negociaciones. Estos acuerdos bilaterales permiten el acceso de datos acelerados para las autoridades de aplicación de la ley y crean certeza legal para los proveedores, pero pueden manejar los estándares de protección nacionales y legitimar el acceso a los datos de los Estados Unidos.
Muchos países se adhieren implícitamente al proceso tradicional de MLAT (Tratado de asistencia legal mutua), que ofrece procedimientos de asistencia legal establecidos con un estado de derecho más fuerte, pero se considera lento, burocrático e ineficaz para la evidencia digital.
Las empresas de todo el mundo también implementan medidas técnicas y organizativas, como el cifrado clave de su retención, controles de acceso estrictos, soluciones de nube híbridas y análisis integrales de riesgos. Estas medidas pueden reducir los riesgos y demostrar cumplimiento, pero a menudo no resuelven el problema legal básico y son complejos y potencialmente costosos en la implementación.
Adecuado para:
- La integración de la IA de una plataforma de IA de origen independiente y de datos cruzados para todos los asuntos de la compañía
Una ley problemática con consecuencias de gran alcance
El análisis de la Ley de Cloud de los Estados Unidos y sus efectos globales revela una red compleja de conflictos legales, dependencias tecnológicas, tensiones geopolíticas y reacciones estratégicas. La ley, aunque con el objetivo comprensible de un enjuiciamiento penal más eficiente en la era digital, es en su forma actual demuestra ser altamente problemática y conlleva riesgos considerables para las personas, empresas y países de todo el mundo.
Resumen de los problemas centrales de la Ley de la nube
La crítica central y las áreas problemáticas se pueden resumir de la siguiente manera:
- Colisión con la soberanía nacional y los sistemas legales: el reclamo extraterritorial explícito de la Ley en la nube, que las autoridades estadounidenses otorgaron acceso a datos, independientemente de la ubicación de almacenamiento, fundamentalmente cierra con la comprensión soberana de otros países y sus sistemas legales. Esto se vuelve particularmente claro en el conflicto con el GDPR de la UE, en particular el artículo 48, que se basa en el reconocimiento de las autoridades extranjeras.
- Incertidumbre legal y "conflicto de leyes": para las empresas globales, especialmente los proveedores de la nube, la ley crea una considerable incertidumbre legal. Se ven obligaciones legales potencialmente contradictorias, por un lado, por un lado, el acuerdo de los Estados Unidos, por otro lado, por otro lado, la ley de protección de datos o confidencialidad del país en el que se almacenan los datos o sus ciudadanos se ven afectados. Esto lleva a un dilema con posibles sanciones en ambos lados.
- Erosión de la confianza: la Ley en la nube socava considerablemente la confianza en los proveedores de tecnología estadounidenses. La posibilidad de acceso por parte de las autoridades estadounidenses, al eludir los procedimientos locales o sin el conocimiento de los afectados, provoca desconfianza con respecto a la seguridad y la confidencialidad de los datos. Esto se aplica tanto a los datos personales como a la información confidencial de la compañía y se ve reforzado por las preocupaciones paralelas sobre las leyes de monitoreo de los Estados Unidos (problemas de Schrems II).
- Riesgos más allá de la aplicación de la ley: aunque el propósito declarado es combatir el delito grave, existen preocupaciones sobre el mal uso de los derechos de acceso para los fines de vigilancia estatal o espionaje económico. Estos riesgos son difíciles de controlar y contribuir a la pérdida de confianza.
- Promoción de la fragmentación global: el enfoque unilateral de la Ley de la nube actúa como un catalizador para las tendencias de fragmentación global en el espacio digital. Provoca contra las reacciones en forma de leyes de localización de datos y la promoción de ecosistemas digitales nacionales, lo que fomenta la "balcanización" de Internet y dificulta el flujo de datos globales gratuitos.
Descripción general del panorama de dependencia global
El análisis de las cuotas de mercado muestra una dependencia global masiva de los tres grandes hiperscalers de la nube de EE. UU. AWS, Microsoft Azure y GCP. En América del Norte y Europa en particular, controlan sobre dos tercios del mercado de servicios de infraestructura en la nube. Esta alta concentración crea un área de ataque potencial amplia para la Ley de Cloud.
En contraste, países como China y Rusia, que han establecido ecosistemas digitales en gran parte independientes a través de una fuerte regulación estatal, la promoción de proveedores nacionales y la transmisión del mercado. Demuestran que es posible menos dependencia, aunque a menudo al precio de la conectividad global limitada y la libertad de elección potencialmente menor.
La Unión Europea está en una posición ambivalente: por un lado, hay una dependencia fáctica muy alta en los proveedores estadounidenses, por otro lado, hay una fuerte voluntad política e iniciativas concretas (GAIA-X, Ley de datos) para fortalecer la soberanía digital y promover alternativas. Sin embargo, el éxito de estos esfuerzos aún es incierto.
Perspectiva sobre desarrollos futuros
Las tendencias iniciadas por la Ley de la nube y desarrollos similares deberían continuar:
- La propagación de las leyes de localización de datos probablemente aumentará, a medida que más y más países intenten mantener el control de los datos sobre su territorio.
- Los esfuerzos para construir alternativas de nubes regionales o nacionales continuarán, incluso si el éxito en la competencia con los hiperscalers establecidos sigue siendo difícil. Iniciativas como GAIA-X podrían convertirse en el marco de estandarización para salas de datos.
- Se espera que Estados Unidos intente completar otros acuerdos ejecutivos con socios estratégicos para facilitar el acceso a los datos. Las negociaciones con la UE siguen siendo complejas.
- Las disputas legales sobre las transferencias de datos internacionales, en particular en el contexto de Schrems II y sus regulaciones sucesoras (como el marco de privacidad de datos UE-EE. UU.) Continuarán. La cuestión del "nivel adecuado de protección" en los Estados Unidos sigue siendo virulenta.
- Para las empresas, el desarrollo e implementación de estrategias de cumplimiento sólidas y soluciones técnicas para la reducción de riesgos (cifrado, modelos híbridos, etc.) se está volviendo cada vez más importante para poder actuar en este entorno complejo.
En conclusión, debe reconocerse que la Ley de la nube aborda un problema real: la necesidad de que las autoridades de aplicación de la ley puedan acceder a evidencia que se almacena en las fronteras en la era digital. Los métodos MLAT tradicionales a menudo son demasiado lentos e ineficientes. Sin embargo, cada solución sostenible debe encontrar una manera de conciliar esta necesidad legítima de aplicación de la ley con los derechos fundamentales a la protección y la privacidad de los datos, así como la soberanía de los estados. La Ley de Cloud en su forma actual no hace justicia a este acto de equilibrio desde la perspectiva de muchos observadores internacionales y los afectados. Representa una solución centrada en Estados Unidos que no tiene en cuenta adecuadamente las preocupaciones y los sistemas legales de otros países y, por lo tanto, crea más problemas que resueltos. Una solución coordinada internacionalmente basada en el respeto mutuo por los sistemas legales y las fuertes garantías de derechos fundamentales sigue siendo una tarea urgente.
Recomendaciones de acción
El análisis de la Ley de la nube y sus efectos globales dan como resultado recomendaciones concretas para la acción para empresas y organizaciones europeas, así como para los fabricantes de decisiones políticas.
Para empresas y organizaciones europeas:
- Implementación de análisis integrales de riesgos: las empresas deben evaluar sistemáticamente su dependencia de los proveedores de nubes de EE. UU. Esto incluye una clasificación de los datos procesados basados en la sensibilidad y un análisis de los riesgos potenciales en caso de acceso a los datos por parte de las autoridades estadounidenses. La implementación de las consecuencias de transferencia de datos (TIA), como se requiere en el contexto de Schrems II, es esencial.
- Selección cuidadosa de proveedores de la nube: es aconsejable verificar los proveedores de nubes europeos u otros no estadounidenses activos como alternativas que no están sujetas al poder judicial de los Estados Unidos. Los proveedores deben ser evaluados en función de sus compromisos contractuales con respecto a las solicitudes de la Ley en la nube, sus medidas de protección técnica y sus certificaciones de cumplimiento.
- Diseño de contrato robusto: los contratos con proveedores de nubes deben contener regulaciones claras para el procesamiento de datos, las ubicaciones de almacenamiento, las medidas de seguridad y para tratar con las autoridades, de acuerdo con el artículo 28 GDPR.
- Implementación de fuertes medidas técnicas: el uso de cifrado de extremo a extremo, en el que las claves criptográficas permanecen exclusivamente bajo el control del cliente (mantenga su propia clave clave), es una medida protectora importante. Controles de acceso estrictos (gestión de identidad y acceso) y, donde se deben implementar técnicas sensibles, se deben implementar técnicas de seudonimato o anonimato.
- Uso de estrategias híbridas o de múltiples nubes: para datos particularmente sensibles, el uso de nubes privadas o infraestructuras locales puede ser útil, mientras que las cargas de trabajo menos críticas pueden permanecer en la nube pública. Esto permite un control de riesgo diferenciado.
- Observar asesoramiento legal específico: en vista de la situación legal compleja y constantemente desarrollada, la recopilación de asesoramiento legal especializado sobre la evaluación de los riesgos específicos y el desarrollo de una estrategia de cumplimiento sostenible es esencial.
Para la decisión política -fabricantes (especialmente en la UE):
- Fortalecimiento de la soberanía digital europea: la promoción consistente de iniciativas como GAIA-X y el apoyo de la estructura de los proveedores de nubes europeos competitivos son necesarias para crear alternativas tecnológicas reales y reducir la dependencia. La Ley de datos debe usarse para garantizar condiciones justas del mercado y control sobre los datos.
- Actitud clara en las negociaciones internacionales: en las negociaciones sobre un posible acuerdo activo de la nube de la UE-EE. UU., Debe asegurarse de que los altos estándares de protección de datos europeos (GDPR, CHARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES de la UE, los requisitos de Schrems II) permanecen sin restricción. Esto incluye garantías sólidas para el estado de derecho, la proporcionalidad, la transparencia y la protección legal efectiva para los afectados. Se debe anclar la prioridad de los procedimientos de asistencia legal (MLAT) establecidos o los mecanismos de protección equivalentes.
- Promoción de los estándares globales: a nivel internacional, la UE debe trabajar para el desarrollo de reglas y estándares coordinados para el acceso a datos de atordero cruzado por las autoridades basadas en el estado de derecho, el respeto por los derechos fundamentales y el respeto mutuo por los sistemas legales nacionales.
- Educación y apoyo para la economía: los tomadores de decisiones políticas y las autoridades de supervisión deben proporcionar pautas claras y apoyo práctico para las empresas para ayudarlo a evaluar los riesgos y la implementación de medidas de cumplimiento para tratar la Ley en la nube y las transferencias de datos internacionales.
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